Es el espacio
creado para fortalecer la comunicación con la sociedad
civil, donde la ciudadanía puede elevar sus pedidos de
información, sugerencias, quejas y denuncias. Las mismas
son clasificadas y elevadas a las dependencias institucionales
responsables de brindar una respuesta veraz, sencilla y ágil.-
1.
El Reglamento señala que una vez recibida la solicitud presentada
personalmente, via telefonica o via Web la UTPC la analiza y determina
si es competencia de dicha dependencia. De no ser así, la
Unidad orienta al ciudadano sobre la entidad o dependencia correspondiente.
2.
En caso de ser competencia de la dependencia, se entrega al ciudadano
un acuse de recibo de la solicitud, se identifica si la información
solicitada está incluida en los supuestos de las Obligaciones
de Transparencia y se verifica que esté disponible en algún
medio electrónico o impreso.
3. Si la petición se presenta por
cualquier otro medio y la información está disponible
en medio electrónico o impreso, el solicitante recibirá
una notificación por escrito o por Mail en la que será
señalada la fuente, el lugar y la forma en que puede consultar,
reproducir o adquirir la información y la solicitud también
quedará registrada como solicitud atendida.
4.
El procedimiento concluirá con el registro de la solicitud. |